Colaborador.
Son SOCIO/AS COLABORADORES, aquellas personas físicas o jurídicas en quienes no concurran las condiciones para ser Socio/a de Número que, habiendo solicitado su inscripción y siendo admitidas como tales por la Junta Directiva, contribuyan al sostenimiento y cumplimiento de los fines de la Asociación.
Numerario.
Son SOCIO/AS NUMERARIOS los padres, familiares por consanguinidad o afinidad, o los representantes legales de la persona con discapacidad intelectual que soliciten su inscripción y sean admitidos como tales. También podrán ser socio/as las personas discapacitadas cuya capacidad así lo permita a juicio de la Junta Directiva